Partidos y sindicatos pagarán por los delitos que cometan sus cúpulas
El ministro Gallardón anuncia la tercera reforma del Código Penal en mes y medio. Las organizaciones responderán por delitos cometidos con su conocimiento o autorización
La medida —que, según Justicia, podría llegar a través de la reforma del Código Penal o de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, pero que en ambos casos supondría una modificación del primero— se aplicaría, por ejemplo, a delitos de malversación de caudales u otros de corrupción: el acusado seguiría asumiendo la condena correspondiente de forma individual, pero, además, habría una condena al partido o sindicato al que perteneciese si se prueba que este impulsó las actividades ilícitas o las permitió haciendo la vista gorda. El objetivo es que las organizaciones adopten más mecanismos de control.
El tipo penal sería, en principio, el mismo que para el individuo, aunque a la organización no se le impondría cárcel sino multa, apuntan desde el ministerio. La propuesta está aún en fase embrionaria y por lo tanto sin detallar. La anunció Gallardón en el pleno del Congreso, cuando respondía a una interpelación de Rosa Díez (UPyD) que reclamaba castigos más duros para cargos públicos corruptos.
Las personas jurídicas (no individuales) están sujetas a responsabilidad penal desde 2010, cuando el Gobierno del PSOE las incluyó en el artículo 31bis del Código Penal. Pero aquel artículo excluyó expresamente a partidos y sindicatos, y esa exención —que Gallardón tachó de "privilegio"— es la que Justicia quiere eliminar ahora. Las personas jurídicas (generalmente, empresas) responden por los delitos cometidos por "sus representantes legales y administradores" y "por quienes, estando sometidos a la autoridad" de esas personas físicas de la organización, "han podido realizar los hechos por no haberse ejercido sobre ellos el debido control".
La responsabilidad penal de partidos y sindicatos por delitos cometidos por sus miembros —en concreto para casos de daños graves causados en manifestaciones por afiliados a las organizaciones convocantes— es algo que el Ministerio del Interior propuso hace seis meses -acogiéndose a esa fórmula del "debido control" de las personas "bajo la autoridad" de la organización- y que Justicia descartó. Este miércoles, una portavoz del ministerio aseguró que la nueva medida no tiene nada que ver con aquella propuesta de Interior y que "no está pensada" para ese tipo de delitos de orden público, pero tampoco descartó del todo que pueda llegar a estarlo porque el desarrollo de la medida está por hacer.
"No es de recibo que los partidos políticos y los sindicatos estén exceptuados de las responsabilidades penales que tienen las personas jurídicas en España. Naturalmente, serán tratados en el Código Penal exactamente igual que el resto", afirmó el ministro. Según la nota enviada por el Ministerio de Justicia, la medida "está orientada a hacer imposible el hecho de que la mal llamada clase política, y los organismos que la estructuran, sean percibidos como algo distinto a la sociedad o amparado por privilegios de los que esta carece, y que lo mismo suceda con los representantes de los trabajadores".
VAMOS POR BUEN CAMINO, AHORA A ESPERAR QUE SE CUMPLA
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